FISCALES

Artículo IUS 809255. ARRENDAMIENTO FORZOSO EN VERACRUZ.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

ARRENDAMIENTO FORZOSO EN VERACRUZ.

Contra la aplicación de una ley que considera de utilidad pública el aprovechamiento de las tierras propias para la agricultura o la ganadería, cualquiera que sea su extensión, no debe concederse la suspensión; porque la sociedad y el Estado están altamente interesados en que se cumplan las prevenciones citadas, pues precisamente tienen por objeto, acrecentar la producción agrícola del país, aprovechando las tierras que no hayan sido cultivadas por sus dueños, o que no las hayan preparado y puesto en cultivo, en la fecha acostumbrada para ello.

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Registro digital (IUS): 809255

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIV; Pág. 4625

Precedentes

Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 3399/34. Ávila viuda de Andrade María Inés. 8 de junio de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Daniel Galindo. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 809255 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 809255 de la J. Fiscales SCJN?

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