FISCALES

Artículo IUS 809376. TERCERIA, RESOLUCION QUE LE DA ENTRADA.

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

TERCERIA, RESOLUCION QUE LE DA ENTRADA.

Si se reclama en amparo la resolución que da entrada a una tercería excluyente de dominio, el juicio de garantías es improcedente, por tratarse de un acto dentro del procedimiento, que debe ser reclamado en amparo hasta que se pronuncie la sentencia definitiva en la tercería, de conformidad con las fracciones II y IX del artículo 107 constitucional.

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Registro digital (IUS): 809376

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 1637

Precedentes

Amparo civil en revisión 3433/33. Valles Baca Merced. 3 de julio de 1934. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Joaquín Ortega. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 809376 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 809376 de la J. Fiscales SCJN?

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