Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala
De acuerdo con el artículo 672 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicable conforme al 28 de la Ley de Amparo, el tercero perjudicado se sujetará al estado que guarda el juicio al presentarse en él, sea cual fuere ese estado.
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Registro digital (IUS): 809624
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXX; Pág. 17
Queja en amparo administrativo 83/30. Alianza de Camioneros de México. 1o. de septiembre de 1930. Mayoría de tres votos. Disidentes: Carlos Salcedo y Francisco Barba. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. IUS 809623. TERCERO PERJUDICADO.
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