FISCALES

Artículo IUS 809662. PETROLEO.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

PETROLEO.

Contra la aplicación del artículo 15 de la Ley del Petróleo, procede conceder la suspensión, puesto que lejos de que la sociedad y el Estado se perjudiquen, se benefician con el desarrollo de la industria petrolera, que es de interés público, porque proporciona al Estado fuentes de tributos y a la sociedad elementos de trabajo; por lo cual, cuando se revocan los permisos para exploración y exploración de campos petrolíferos, procede conceder la suspensión.

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Registro digital (IUS): 809662

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXII; Pág. 585

Precedentes

Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 2303/27. "La Atlántica", Compañía de Petróleo. 30 de mayo de 1931. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 809662 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 809662 de la J. Fiscales SCJN?

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