FISCALES

Artículo IUS 809696. LIBERTAD DE COMERCIO.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

LIBERTAD DE COMERCIO.

Si bien es verdad que conforme al artículo 4o. de la Constitución, a ninguna persona se le puede impedir que se dedique a la profesión, industrial, comercio o trabajo que le acomode, siendo lícitos, debe tenerse en cuenta, también, que dicho precepto constitucional limita la libertad que garantiza, exceptuando aquellos casos en que se atacan derechos de terceros.

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Registro digital (IUS): 809696

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIV; Pág. 2746

Precedentes

Amparo penal directo 3264/30. Otero M. Juan A. 26 de abril de 1932. Mayoría de tres votos. Disidente: Paulino Machorro y Narváez. Excusa: Francisco Barba. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 809696 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 809696 de la J. Fiscales SCJN?

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