FISCALES

Artículo IUS 809770. EMPLEADOS PUBLICOS.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

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Texto Legal

EMPLEADOS PUBLICOS.

Contra el decreto que disminuya el sueldo de los empleados públicos, es improcedente conceder la suspensión, puesto que no les causa daños difíciles de reparar, ya que los empleos, de ninguna manera, pueden considerarse como propiedad de los que los desempeñan, y si no conviene a los interesados la remuneración asignada por la ley, están capacitados para renunciarlos.

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Registro digital (IUS): 809770

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIV; Pág. 650

Precedentes

Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. Chávez Miguel. 15 de noviembre de 1928. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 809770 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 809770 de la J. Fiscales SCJN?

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