FISCALES

Artículo IUS 809863. TERCERO PERJUDICADO.

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

scjn-jurisprudencias-fiscalestesis_aisladaquinta-Épocacomún

Texto Legal

TERCERO PERJUDICADO.

El tercero perjudicado, al apersonarse en el amparo, tiene que aceptar el procedimiento en el estado en que se encuentra; si no intervino para nada él, entonces las resoluciones dictadas, no le perjudican ni le aprovechan, por quedar en calidad de extraño al juicio, pero si interviene, no puede exigir que el procedimiento se inicie de nuevo, para ejercitar todos sus derechos, pues no se está en el caso de autorizar la nulidad del procedimiento, por razón de notificaciones ilegales, puesto que dichas notificaciones no deben hacerse a quienes no son partes en el juicio; además, aun en el supuesto de que se pudiera pedir la nulidad, esto debe hacerse en un incidente de previo y especial pronunciamiento y antes de que se dicte sentencia definitiva.

---

Registro digital (IUS): 809863

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 557

Precedentes

Amparo civil en revisión 2710/28. Reyes viuda de Pelcastre Juana. 17 de mayo de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 809863 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 809863 de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. IUS 809863 del FISCALES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. IUS 809863 FISCALES desde tu celular