FISCALES

Artículo IUS 810003. PROTECCION FEDERAL.

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

scjn-jurisprudencias-fiscalestesis_aisladaquinta-Épocacomún

Texto Legal

PROTECCION FEDERAL.

Es improcedente concederla, si el quejoso no aduce pruebas bastantes para demostrar la violación de garantías por las cuales la pide.

---

Registro digital (IUS): 810003

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 1557

Precedentes

Amparo civil directo 4011/26. Pérez de Salgado Carmen. 15 de marzo de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 810003 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 810003 de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. IUS 810003 del FISCALES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. IUS 810003 FISCALES desde tu celular