FISCALES

Artículo IUS 810149. REVISION.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

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Texto Legal

REVISION.

Si se interpone únicamente por la autoridad ejecutora, debe desestimarse, cualesquiera que sean los agravios que invoque esta autoridad, puesto que la única parte que podría recibirlos, es la autoridad de quien emanó el acto que se reclama.

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Registro digital (IUS): 810149

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXII; Pág. 825

Precedentes

Amparo administrativo en revisión. García Hernández Gregorio. 17 de abril de 1928. Mayoría de seis votos. Disidentes: Sabino M. Olea y Francisco Díaz Lombardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 810149 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 810149 de la J. Fiscales SCJN?

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