FISCALES

Artículo IUS 810292. CONTRAFIANZA.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

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Texto Legal

CONTRAFIANZA.

No hay motivo para exigir que sea de mayor entidad que la fianza, cuando los perjuicios que se causen con la ejecución del acto, sean de la misma naturaleza y cuantía que los que origina la suspensión.

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Registro digital (IUS): 810292

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 1070

Precedentes

Queja en amparo civil 254/27. León Manuel. 17 de octubre de 1927. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 810292 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 810292 de la J. Fiscales SCJN?

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