Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
Si a él no se acompañan las actuaciones originales o las copias autorizadas de esas constancias, no basta para probar la existencia de ellas, la simple inserción de las mismas en el oficio de la autoridad responsable, quien, por ser una de las partes en el amparo, debe aducir pruebas incontrovertibles para sostener la veracidad de su informe, y, de lo contrario, debe tenerse como cierto el acto que se reclama.
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Registro digital (IUS): 810387
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XX; Pág. 286
Amparo penal en revisión 1975/26. Milanés Salvador. 1o. de febrero de 1927. Mayoría de siete votos. Disidente: Francisco Díaz Lombardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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