FISCALES

Artículo IUS 810438. IMPUESTOS.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

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Texto Legal

IMPUESTOS.

Cuando la suspensión se pide contra el pago de impuestos no federales, la suspensión procede previo depósito de la cantidad que se cobra, en la oficina exactora y no en las oficinas del Banco de México.

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Registro digital (IUS): 810438

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIX; Pág. 966

Precedentes

Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. Banco de Montreal. 18 de noviembre de 1926. Unanimidad de ocho votos. Disidentes: Teófilo H. Orantes y Sabino M. Olea. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 810438 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 810438 de la J. Fiscales SCJN?

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