Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
Es una inconsecuencia notoria, que se impugne el valor de una prueba por el mismo que la ofreció.
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Registro digital (IUS): 810578
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVIII; Pág. 1244
Amparo administrativo en revisión 2680/24. Zamora Carrasco Antonio y coagraviados. 18 de junio de 1926. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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