Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
Contra la resolución que mande dotarlos de ejidos, procede conceder la suspensión, mientras se resuelve si tienen el carácter de barrios, o se confirma que, de acuerdo con las leyes agrarias, tienen derecho a ser dotados de tierras.
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Registro digital (IUS): 810625
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVI; Pág. 493
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. Ibarrola Luis G. 6 de marzo de 1925. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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