Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
La obligación que impone la ley al que otorga la contrafianza, de indemnizar al quejoso, del costo de la fianza, no se limita a los casos en que se trata de sentencias definitivas, sino que se extiende a todos.
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Registro digital (IUS): 810709
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VI; Pág. 397
Queja en materia civil. Gardois Ernesto. 26 de febrero de 1920. Mayoría de siete votos. Ausente: Enrique Moreno. Disidentes: Alberto M. González, Patricio Sabido y Agustín Urdapilleta. La publicación no menciona el nombre del ponente
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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