Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
Los Jueces serán recusables en las diligencias de ejecución mixta, pero no en las de mera ejecución.
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Registro digital (IUS): 810714
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVII; Pág. 348
Amparo civil en revisión 447/22. Figueroa Francisco A. 7 de agosto de 1925. Mayoría de siete votos. Disidentes: Sabino M. Olea, Salvador Urbina, Ricardo B. Castro y Francisco Díaz Lombardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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