Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
En ella no debe resolverse sobre puntos que es propio estimar en la sentencia definitiva que en el amparo se pronuncie.
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Registro digital (IUS): 810900
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 951
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. "María E. Vega viuda de Palma e Hijas". 14 de marzo de 1924. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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