FISCALES

Artículo IUS 810980. EJECUCIÓN DE SENTENCIA DE AMPARO.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

scjn-jurisprudencias-fiscalestesis_aisladaquinta-Épocacomún

Texto Legal

EJECUCIÓN DE SENTENCIA DE AMPARO.

Al ejecutarse una sentencia de amparo, las autoridades deben ceñirse estrictamente a lo estatuido en aquéllas, sin que puedan introducirse en el fallo que sustituya al que fue objeto del amparo, innovaciones o modalidades que no sean las indispensables para cumplir con la ejecutoria.

---

Registro digital (IUS): 810980

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XV; Pág. 1276

Precedentes

Queja en amparo civil. Tercera Sala del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal. 10 de diciembre de 1924. Mayoría de seis votos. Disidentes: Sabino M. Olea, Jesús Guzmán Vaca y Ernesto Garza Pérez. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 810980 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 810980 de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. IUS 810980 del FISCALES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. IUS 810980 FISCALES desde tu celular