FISCALES

Artículo IUS 811027. PROTECCION FEDERAL.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

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Texto Legal

PROTECCION FEDERAL.

Cuando la que se imparta respecto de uno de los actos reclamados, traiga por consecuencia que las autoridades responsables deban reformar los otros actos que fundamentaron la queja, debe estudiarse, previamente, si el amparo procede contra el primero.

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Registro digital (IUS): 811027

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 719

Precedentes

Amparo penal directo. Castillo Bernardino. 28 de marzo de 1919. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: José M. Truchuelo y Enrique M. de los Ríos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 811027 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 811027 de la J. Fiscales SCJN?

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