Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
El efecto jurídico de toda sentencia que conceda la protección federal, es nulificar el acto reclamado y los subsecuentes, que de él se deriven.
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Registro digital (IUS): 811077
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XII; Pág. 619
Queja en amparo civil. Graef Carlos. 21 de marzo de 1923. Unanimidad de ocho votos. Los Ministros Alberto M. González, Benito Flores y Agustín Urdapilleta no intervinieron en la discusión y votación de este negocio, por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo XIV, página 171, tesis de rubro "SENTENCIAS DE AMPARO.".
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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