Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
Es improcedente conceder la suspensión bajo de fianza, contra la ejecución de las sentencias de la Corte.
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Registro digital (IUS): 811138
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 272
Queja en materia civil. Del Palacio Carlos. 13 de julio de 1920. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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