Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
Las prerrogativas del ciudadano, entre las cuales está la de ser votado para servir los cargos de elección popular, son distintas de los derechos del hombre, cuya violación es la única que puede dar materia a juicios de garantías.
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Registro digital (IUS): 811163
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IV; Pág. 862
Amparo administrativo. Revisión del auto de improcedencia. Heredia Marcelino. 17 de abril de 1919. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. IUS 811159. INTERVENCION.
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