FISCALES

Artículo IUS 811213. APRECIACION DE LAS PRUEBAS.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

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Texto Legal

APRECIACION DE LAS PRUEBAS.

Para que proceda el amparo por la apreciación que de las pruebas hagan los tribunales, en uso de la facultad soberana que la ley les concede, es preciso que se haya incurrido en una inexactitud manifiesta en la fijación de los hechos, o que se hayan violado las reglas legales, a que los tribunales tienen que sujetarse al hacer esa apreciación.

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Registro digital (IUS): 811213

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 137

Precedentes

Amparo penal directo. Vallejo Joaquín. 5 de julio de 1920. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Antonio Alcocer y Alberto M. González. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 811213 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 811213 de la J. Fiscales SCJN?

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