FISCALES

Artículo IUS 811378. CONTRAFIANZA.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

scjn-jurisprudencias-fiscalestesis_aisladaquinta-Épocacomún

Texto Legal

CONTRAFIANZA.

La fracción II del artículo 55 de la Ley de Amparo, establece sin excepción, que la suspensión concedida en un juicio de garantías, quedará sin efecto, si el tercero perjudicado da fianza bastante para restituir las cosas al estado que guardaban antes de la violación y de pagar los daños y perjuicios que sobrevengan, por no haberse suspendido el acto reclamado.

---

Registro digital (IUS): 811378

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IX; Pág. 584

Precedentes

Queja en amparo civil. Galindo Hermila. 31 de octubre de 1921. Mayoría de nueve votos. Disidente: Antonio Alcocer. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 811378 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 811378 de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. IUS 811378 del FISCALES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. IUS 811378 FISCALES desde tu celular