FISCALES

Artículo IUS 811710. SENTENCIA DE AMPARO.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

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Texto Legal

SENTENCIA DE AMPARO.

No puede hacerse extensiva a otra queja, la sentencia pronunciada en un amparo, aunque el quejoso en ambas sea el mismo y las violaciones idénticas o parecidas, si los actos reclamados son distintos.

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Registro digital (IUS): 811710

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 1463

Precedentes

Amparo civil en revisión. Torres Aranda Francisco. 17 de mayo de 1918. Mayoría de ocho votos, en lo relativo a la confirmación de la sentencia, y unanimidad de diez votos en el punto relativo a desechar la petición de sobreseimiento, para los efectos expresados por el quejoso. Ausente: Victoriano Pimentel. Disidentes: Santiago Martínez Alomía y Enrique Colunga. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 811710 del FISCALES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 811710 de la J. Fiscales SCJN?

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