FISCALES

Artículo IUS 811847. MULTA.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

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Texto Legal

MULTA.

Es improcedente su imposición a la parte que promueva una segunda demanda de amparo, ad cautelam, cuando no ha sido notoriamente claro el punto de competencia.

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Registro digital (IUS): 811847

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 741

Precedentes

Competencia positiva, en materia administrativa. Suscitada entre los Jueces Primero de Distrito, del Distrito Federal y Primero de Distrito, en el Estado de Tamaulipas. 10 de septiembre de 1918. Mayoría de nueve votos, en cuanto a los capítulos primero y segundo. Disidentes: Manuel E. Cruz y Agustín Urdapilleta; y por mayoría de diez votos, por lo que respecta al tercero. Disidente: Santiago Martínez Alomía. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 811847 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 811847 de la J. Fiscales SCJN?

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