FISCALES

Artículo 1 . AFIANZADORAS NO PUEDEN DISCUTIR LEGALIDAD O ILEGALIDAD DE CREDITOS GARANTIZADOS NI DE LOS ACTOS QUE LOS FINQUEN.

Tesis aislada · Octava Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

AFIANZADORAS NO PUEDEN DISCUTIR LEGALIDAD O ILEGALIDAD DE CREDITOS GARANTIZADOS NI DE LOS ACTOS QUE LOS FINQUEN.

Las afianzadoras sólo pueden oponerse a los requerimientos de pago, alegando la improcedencia del cobro, pero en ningún caso tendrán acción para discutir la legalidad o ilegalidad de los créditos garantizados ni de los actos que los finquen. El interés jurídico de la Compañía Afianzadora se circunscribe a las afectaciones que puede causarle el requerimiento de pago del crédito garantizado y no la resolución a la que se condicionó la exigibilidad de la garantía o la notificación de la misma cuya legalidad, en su caso, debió plantearse en otra instancia y por quien se encontrara legitimado para hacerlo, que en la especie es el fiado. Para que la afianzadora pudiera alegar vicios en la resolución que fincó el crédito, era menester que como deudora solidaria hubiera demandado en la instancia correspondiente, la nulidad de la resolución que fincó el crédito fiscal al deudor principal, lo cual no aconteció, ya que de autos no se desprende que haya existido ninguna promoción en el sentido de demandar tal nulidad.TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO SEXTO CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 811966

Clave: 1

Fuente: Informes

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; Informes; Informe 1988, Parte III; Pág. 1019

Precedentes

Amparo directo 218/88. Central de Fianzas, S. A. 10 de mayo de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Ignacio Patlán Romero. Secretario: José Luis Estrada Delgadillo.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1 del FISCALES?

Tesis aislada · Octava Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1 de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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