FISCALES

Artículo 14 . SUCESION AGRARIA, PREFERENCIA A LA.

Tesis aislada · Octava Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

SUCESION AGRARIA, PREFERENCIA A LA.

Conforme al espíritu y contenido del artículo 81 de la Ley Federal de la Reforma Agraria, la dependencia económica de que ahí se habla, es una condición como requisito que se debe observar para la designación de sucesores, requisito que entonces ha de tomarse en cuenta al momento de determinar a cual de entre los designados por el extinto titular, corresponde la preferencia, independientemente del lugar que cada uno de ellos hubiere sido designado, pues si tal requisito se exige para la designación, también ha de considerarse el momento de determinar en el procedimiento agrario respectivo la preferencia en la sucesión.TRIBUNAL COLEGIADO DEL OCTAVO CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 812128

Clave: 14

Fuente: Informes

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; Informes; Informe 1988, Parte III; Pág. 855

Precedentes

Amparo en revisión 485/88. Bonifacio Alvarado Vázquez. 18 de febrero de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo García Romero. Secretario: Homero Fernando Reed Ornelas.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 14 del FISCALES?

Tesis aislada · Octava Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 14 de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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