FISCALES

Artículo . REVISION FISCAL. PROCEDENCIA DEL RECURSO DE, NO OBSTANTE QUE ALGUNOS DE LOS TEMAS PLANTEADOS PUEDEN SER MATERIA DEL RECURSO DE QUEJA ANTE EL PLENO DEL TRIBUNAL FISCAL.

Tesis aislada · Sexta Época · Segunda Sala

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Texto Legal

REVISION FISCAL. PROCEDENCIA DEL RECURSO DE, NO OBSTANTE QUE ALGUNOS DE LOS TEMAS PLANTEADOS PUEDEN SER MATERIA DEL RECURSO DE QUEJA ANTE EL PLENO DEL TRIBUNAL FISCAL.

En la especie, el procurador fiscal del Distrito Federal, además de alegar la violación del artículo 156 del Código Fiscal, por desobediencia a la tesis que ha sustentado el pleno del tribunal, invocó la infracción de los artículos 203 y 204 del referido código, y adujo también, la errónea interpretación del artículo 25, fracción II, de la Ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal. Ahora bien, la necesidad de agotar previamente el recurso de queja ante el pleno del Tribunal Fiscal de la Federación (con arreglo al artículo 156, segundo párrafo, del código de la materia), antes de interponer, contra el fallo de la Sala de primera instancia, el recurso de revisión fiscal, con la consecuencia de que, por no haberse hecho valer el primero de tales recursos, deba estimarse improcedente, y desecharse, el de revisión fiscal, sólo se da cuando todos los agravios contra la sentencia de la Sala del tribunal versan únicamente sobre temas que son materia adecuada para tratarse dentro del recurso de queja. De otra suerte, se consideraría improcedente el recurso de revisión fiscal para examinarse en él tópicos que no pueden, legalmente, plantearse a través de la queja, y se privaría a una de las partes de toda oportunidad de defensa, ya que el tema no podría proponerse en queja, y también podría plantearse en la revisión fiscal.

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Registro digital (IUS): 812592

Clave:

Fuente: Informes

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1963; Pág. 135

Precedentes

Reclamación en la revisión fiscal 333/63. América, Compañía General de Seguros, S. A. 26 de agosto de 1963. Unanimidad de cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos. Secretario: Jesús Toral Moreno.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo del FISCALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo de la J. Fiscales SCJN?

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