Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala
El Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal, es una disposición de interés general, y en contra de su aplicación no procede el beneficio de la suspensión por no satisfacerse los requisitos que determina el artículo 124 de la Ley de Amparo.
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Registro digital (IUS): 812998
Fuente: Informes
Instancia: Segunda Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1943; Pág. 101
Incidente de suspensión 779/42. Petróleos Mexicanos. 19 de noviembre de 1942. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. IUS 812999. SOBRESEIMIENTO DE LOS JUICIOS DE NULIDAD QUE SE TRAMITEN EN EL TRIBUNAL FISCAL DE LA FEDERACION, ARTICULO 196, FRACCION II, DEL CODIGO FISCAL.
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