FISCALES

Artículo IUS 813000. IMPUESTO PREDIAL, BASE PARA FIJARLO.

Tesis aislada · Sexta Época · Segunda Sala

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Texto Legal

IMPUESTO PREDIAL, BASE PARA FIJARLO.

No basta una simple vista de ojos para evidenciar que un inmueble ya no se encuentra rentado al inquilino que figura en el contrato respectivo exhibido en autos con la demanda de nulidad y en el que se estipula una renta de cuatrocientos pesos; máxime si el acta de visita nada expresa sobre cómo llegó al conocimiento del visitante el pretendido nuevo contrato celebrado con inquilino posterior y diverso y en el que se estipula una renta de $800.00 pesos.

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Registro digital (IUS): 813000

Fuente: Informes

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1962; Pág. 77

Precedentes

Revisión fiscal 43/62. "Domi", S. A. 15 de octubre de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Felipe Tena Ramírez. Ponente: José Rivera Pérez Campos. Secretario: Salvador Alvarez Rangel.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 813000 del FISCALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 813000 de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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