Tesis aislada · Sexta Época · Segunda Sala
Como los quejosos, al ingresar a la Escuela Militar de Transmisiones, lo hicieron para cursar la carrera a que se refiere el Decreto de 6 de mayo de 1946, o sea la de Ingeniero de Transmisiones, con equivalencia a la de ingeniero de comunicaciones eléctricas del Instituto Politécnico Nacional, lo cual así lo consideraron también las responsables, puesto que han extendido diplomas de bachillerato para ingenieros de transmisiones, como los exhibidos por dos de los demandantes, es claro que los propios quejosos merecen se les expidan sus respectivos títulos de ingenieros de transmisiones, en lugar de técnico de transmisiones que indebidamente se les entregó.
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Registro digital (IUS): 813010
Fuente: Informes
Instancia: Segunda Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1962; Pág. 100
Amparo en revisión 1692/62. Luis Torga Mendoza y coagraviados. 10 de octubre de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Felipe Tena Ramírez. Ponente: Rafael Matos Escobedo. Secretario: Abelardo Vázquez Cruz.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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