Tesis aislada · Sexta Época · Segunda Sala
Si el Departamento del Distrito Federal, al ordenar una rectificación en el cobro de un impuesto, la retrotrae, además de violar el precepto señalado, que establece que dicha rectificación surtirá efectos a partir de la misma, también viola el artículo 14 constitucional por los efectos retroactivos que produce dicha orden en perjuicio del causante.
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Registro digital (IUS): 813175
Fuente: Informes
Instancia: Segunda Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1958; Pág. 57
Revisión fiscal 128/. Wilda Maigler viuda de Schmidt. 25 de junio de 1985. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Octavio Mendoza González. Ponente: Ramírez. Secretario: Emilio Canseco.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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