FISCALES

Artículo IUS 813279. RECURSO DE REVISION FISCAL DECRETO DE 30 DE DICIEMBRE DE 1950. LA LEY FEDERAL DEL IMPUESTO SOBRE INGRESOS MERCANTILES OFRECE MATERIA PERTINENTE A LA HACIENDA PUBLICA DEL DEPARTAMENTO DEL DISTRITO FEDERAL.

Tesis aislada · Sexta Época · Segunda Sala

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Texto Legal

RECURSO DE REVISION FISCAL DECRETO DE 30 DE DICIEMBRE DE 1950. LA LEY FEDERAL DEL IMPUESTO SOBRE INGRESOS MERCANTILES OFRECE MATERIA PERTINENTE A LA HACIENDA PUBLICA DEL DEPARTAMENTO DEL DISTRITO FEDERAL.

Si en el juicio fiscal se reclama la nulidad de una resolución emitida por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público con relación a un cobro de la Tesorería del Distrito Federal, referente al impuesto sobre ingresos mercantiles, debe estimarse que la materia del juicio fiscal versa sobre un asunto atinente a la hacienda pública del Distrito Federal, pues si bien es cierto que el impuesto sobre ingresos mercantiles tiene naturaleza federal en virtud de los órganos constitucionales de donde emanan la ley y de que el producto de aplicar la tasa del 18 al millar ingresa totalmente a las arcas de la Federación, no lo es menos que la cuota adicional del 12 al millar (artículo 15 de la ley) corresponde y beneficia exclusivamente a la hacienda pública del Departamento del Distrito Federal, por lo que todas las controversias que afecten esa riqueza, constituyen negocios relacionados con la hacienda pública del propio departamento, máxime que su Ley de Ingresos incluye como fuente gravable para sus gastos públicos, los ingresos de los comerciantes e industriales del Distrito Federal con la tasa del 12 al millar, que se causará conforme a la Ley Federal del Impuesto sobre Ingresos Mercantiles.

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Registro digital (IUS): 813279

Fuente: Informes

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1959; Pág. 110

Precedentes

Revisión fiscal 385/58. Mixturas, S. A. 15 de junio de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rivera Pérez Campos. Ponente: Franco Carreño. Secretario: Vicente Aguinaco Alemán.Revisión fiscal 419/58. Enrique Ralph Rule. 20 de julio de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rivera Pérez Campos. Ponente: Octavio Mendoza González. Secretario: Vicente Aguinaco Alemán.Reclamación en la revisión fiscal 323/57. Celanese Mexicana, S. A. 11 de noviembre de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. Ponente: José Rivera Pérez Campos. Secretario: Vicente Aguinaco Alemán.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 813279 del FISCALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 813279 de la J. Fiscales SCJN?

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