Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala
El auto del Juez que da entrada a la demanda y ordena su tramitación siguiendo el procedimiento que para el ejercicio de la acción deducida fija expresamente la ley, no constituye una violación a las reglas del procedimiento, por más que conforme al criterio de la parte demandada el actor debiera haber ejercitado una acción distinta de la que promovió.
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Registro digital (IUS): 813515
Fuente: Informes
Instancia: Tercera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; Informes; Informe 1940; Pág. 31
Amparo directo 118/39. Compañía Mexicana de Aviación, S. A. 9 de septiembre de 1940. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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