Tesis aislada · Sexta Época · Segunda Sala
El origen etimológico del vocablo "autoridad" (auctoritas), cuando se trata de quienes se relacionan con el poder del Estado, revela que, quien la ejerce, realiza actos que afectan a los particulares, imponiéndoles sus determinaciones. Consecuentemente, como la calidad de los actos realizados se determina por la de quien lo emite, el hecho de que la Caja de Previsión de que se trata, haya sido creada por una ley del Congreso de la Unión, ordenamiento que dispone que el consejo directivo sería nombrado por el jefe del Departamento del Distrito Federal y que éste ejercerá facultades amplias de inspección, fiscalización y vigilancia y expediría los estatutos y aprobará el reglamento, debe concluirse que, por su origen, dependencia y atribuciones decisorias, sí se trata de una verdadera autoridad, por concurrir los requisitos que, en los términos de la tesis jurisprudencial número 179, deben concurrir para que alguien tenga ese carácter.
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Registro digital (IUS): 813520
Fuente: Informes
Instancia: Segunda Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1960; Pág. 42
Amparo 6310/59. Por acuerdo de la Primera Sala de fecha 8 de junio de 1953 no se menciona el nombre del promovente. 16 de marzo de 1960. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Rafael Matos Escobedo.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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