FISCALES

Artículo IUS 813929. PRECEDENTES DE JURISPRUDENCIA.

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

PRECEDENTES DE JURISPRUDENCIA.

La circunstancia de que unas ejecutorias no constituyan jurisprudencia, conforme a la ley, lo que obligaría a obedecer sus tesis, no privan a las mismas de autoridad para que se las tenga como una opinión muy respetable, que debe ser aceptada por los tribunales, tanto más, cuando se ajustan a la doctrina de los jurisconsultos.

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Registro digital (IUS): 813929

Fuente: Informes

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; Informes; Informe 1942; Pág. 45

Precedentes

Reclamación 8515/41. Carlos B. Avila. 5 de marzo de 1942. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 813929 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 813929 de la J. Fiscales SCJN?

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