FISCALES

Artículo IUS 814074. EXPROPIACION POR CAUSA DE UTILIDAD PUBLICA.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

EXPROPIACION POR CAUSA DE UTILIDAD PUBLICA.

Procede otorgar el beneficio de la suspensión en los casos en que habiendo sido expropiado un rancho o hacienda con el objeto de fundar una agrupación agrícola con fines de colonización, ya que esto no quiere decir que el interés general radique esencialmente en que se desposea al propietario de una fracción de terreno que esté comprendida dentro del predio expropiado, puesto que es indiscutible que solamente existe un interés privado en que sea otra persona o la interesada quien cultive el terreno mencionado, y de realizarse el acto reclamado, se causaría un perjuicio de difícil reparación a la parte quejosa.

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Registro digital (IUS): 814074

Fuente: Informes

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1941; Pág. 10

Precedentes

Incidente de suspensión 3803/41. Carolina González. 18 de septiembre de 1941. Unanimidad de de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 814074 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 814074 de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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