Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala
Cuando se trata de reglamentación de policía, que es forzosamente cambiante, porque tiene que ir adaptándose a las necesidades sociales que se deben atender, debe estimarse que no puede hablarse de un derecho adquirido que entra a formar parte del patrimonio de los interesados. La aplicación retroactiva de una disposición de esta naturaleza, solamente tendría lugar en los casos en que actos efectuados con anterioridad a la aplicación de un decreto, pretendieran someterse al propio decreto, pero cuando actos futuros sean los únicos a los cuales se haga aplicable la disposición de la ley.
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Registro digital (IUS): 814386
Fuente: Informes
Instancia: Segunda Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1941; Pág. 56
Amparo 1562/40. Rigoberto Góngora y coagraviados. 16 de enero 1941. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. IUS 814384. DONACIONES. LEY DEL IMPUESTO SOBRE DONACIONES EN EL DISTRITO FEDERAL.
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