Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
Las resoluciones del Poder Ejecutivo, en materia agraria, son enteramente firmes, pues participan del carácter de las resoluciones judiciales, que, por crear o extinguir derechos, producen los efectos de la cosa juzgada, y no pueden ser modificadas ni revocadas, ni aun por el mismo presidente de la República, porque violarían derechos creados, de carácter patrimonial, y no tendría estabilidad la propiedad.
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Registro digital (IUS): 814845
Fuente: Informes
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; Informes; Informe 1928; Pág. 128
José O. Menchaca, Matilde Cervantes y coagraviados, Jesús C. Gómez, sucesión de Antonio Couttolenc, Ramón Rodríguez.Nota: Los datos del asunto en que se sostiene esta tesis así aparecen publicados en el Informe.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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