FISCALES

Artículo IUS 815007. AGUAS. SERVIDUMBRE.

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

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Texto Legal

AGUAS. SERVIDUMBRE.

El distrito de riego, dependiente de la Secretaría de Agricultura y Ganadería, no está capacitado para decretar por sí, la ocupación de la propiedad privada con apertura de canales de riego, pues esa ocupación solamente puede hacerla la autoridad competente y mediante el cumplimiento de las formalidades esenciales del juicio y aplicación exacta de la ley.

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Registro digital (IUS): 815007

Fuente: Informes

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1948; Pág. 41

Precedentes

Amparo 4770/48. María Luz González de Herrejón. 28 de octubre de 1948. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 815007 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 815007 de la J. Fiscales SCJN?

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