Jurisprudencia · Séptima Época · Segunda Sala
Cuando las pruebas pericial y testimonial han sido admitidas por el Juez del conocimiento y deban recibirse en diligencias practicadas en lugar distinto de la residencia del Juez, debe ponerse especial cuidado en que se notifique personalmente a las partes en ese procedimiento para tal desahogo y puedan estar presentes las partes, sus peritos y testigos. De no actuar así se incurre en omisión que deja sin defensa a los interesados, lo que desde luego influirá en el sentido del fallo que deba dictarse, por lo que procede ordenar la reposición del procedimiento con base en el artículo 91, fracción IV, de la Ley de Amparo.
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Registro digital (IUS): 815122
Clave: 28
Fuente: Informes
Instancia: Segunda Sala
Localización: [J]; 7a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1979, Parte II; Pág. 28
Amparo en revisión 2549/75. José Gastélum y otro. 6 de octubre de 1975. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Antonio Rocha Cordero.Amparo en revisión 760/75. Juan M. Velazco y otros. 16 de junio de 1976. Cinco votos. Ponente: Arturo Serrano Robles.Amparo en revisión 4300/75. Gregorio Ruiz Saintes. 23 de junio de 1976. Cinco votos. Ponente: Antonio Rocha Cordero.Amparo en revisión 4205/75. Asociación de Productores de Caña de Azúcar, Ingenio Rosales, A. C. 5 de agosto de 1976. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu.Amparo en revisión 3311/77. René Gándara Romo. 4 de abril de 1979. Cinco votos. Ponente: Eduardo Langle Martínez.Nota:Esta tesis también aparece en: Séptima Epoca, Tercera Parte, Volúmenes 127-132, página 136 (Jurisprudencia con precedentes diferentes), bajo el rubro: "AGRARIO. PRUEBAS PERICIAL Y TESTIMONIAL EN AMPARO AGRARIO. NOTIFICACION PERSONAL SOBRE LA DILIGENCIA DE SU DESAHOGO Y RECEPCION. REPOSICION DEL PROCEDIMIENTO".Apéndice 1917-1995, Tomo III, Parte SCJN, tesis 361, página 264 (Jurisprudencia con precedentes diferentes).
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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