FISCALES

Artículo IUS 815262. SUSPENSION. TRATANDOSE DE ESTABLECIMIENTOS MOLESTOS EN ZONA RESIDENCIAL.

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

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Texto Legal

SUSPENSION. TRATANDOSE DE ESTABLECIMIENTOS MOLESTOS EN ZONA RESIDENCIAL.

Procede confirmar la interlocutoria que se revisa, porque los actos materia del beneficio son de naturaleza negativa, lo que hace que el beneficio en cuestión resulte improcedente; así mismo se corrobora la tesis anterior porque el quejoso carece de licencia y autorización para la apertura del establecimiento de que se trata, y por tanto, no es por medio de una interlocutoria que pudiera permitirse la actividad del recurrente, según criterio jurisprudencial de esta Sala. A mayor abundamiento el establecimiento, taller y garaje del solicitante, se ha intentado realizarse dentro de una zona que según el ordenamiento aplicable esta dedicada a zona residencial, y en contra de disposiciones prohibitivas de diversos ordenamientos.

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Registro digital (IUS): 815262

Fuente: Informes

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1950; Pág. 170

Precedentes

Incidente de suspensión 5169/49. Huerta Jorge. 21 de abril de 1950. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Octavio Mendoza González.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 815262 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 815262 de la J. Fiscales SCJN?

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