FISCALES

Artículo IUS 815408. PRODUCTOS COMERCIALES. SOLO LA PRUEBA PERICIAL, Y NO SIMPLES OPINIONES, O BIEN, LA PROPAGANDA COMERCIAL DE UN PRODUCTO COMERCIAL, ES LA UNICA QUE SIRVE PARA PODER ESTABLECER LA CALIDAD DEL MISMO, PARA EFECTOS FISCALES

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

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Texto Legal

PRODUCTOS COMERCIALES. SOLO LA PRUEBA PERICIAL, Y NO SIMPLES OPINIONES, O BIEN, LA PROPAGANDA COMERCIAL DE UN PRODUCTO COMERCIAL, ES LA UNICA QUE SIRVE PARA PODER ESTABLECER LA CALIDAD DEL MISMO, PARA EFECTOS FISCALES

Es pertinente confirmar la concesión del amparo, tanto por la deficiencia de los agravios emitidos por la autoridad recurrente, cuanto porque la simple opinión de organismos no bastan para el efecto antes expresado, puesto que en el caso, no queda así evidenciado, que se trate de hilo y no de hilaza. Además, por la naturaleza del asunto, la única prueba adecuada es la pericial, misma que no fue valorizada correctamente por la Sala responsable del H. Tribunal Fiscal, incurriendo así la Sala responsable en la infracción de la fracción I del artículo 201 del código tributario; por consiguiente, la estimación del juzgador respecto a los puntos anteriores y su conclusión de que no está demostrado que se trate de hilo, y no de hilaza para efectos fiscales, es justa, siendo de advertir que la propaganda comercial no es adecuada para acreditar lo contrario, ya que a lo sumo serviría de simple presunción.

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Registro digital (IUS): 815408

Fuente: Informes

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1948; Pág. 122

Precedentes

Amparo 8539/47. Francisco Homs. 27 de febrero de 1948. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 815408 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 815408 de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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