FISCALES

Artículo IUS 815627. IMPUESTO SOBRE PRODUCCION DE. PERMISOS DE ELABORACION TRABAJADOS EN FORMA ININTERRUMPIDA, DENOMINADOS "ENGARGOLADOS".

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

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Texto Legal

IMPUESTO SOBRE PRODUCCION DE. PERMISOS DE ELABORACION TRABAJADOS EN FORMA ININTERRUMPIDA, DENOMINADOS "ENGARGOLADOS".

Los productos de la categoría del quejoso, sólo deben pagar por concepto del aludido impuesto, de acuerdo con la cantidad real de litros elaborada, cuando como en la especie, se trata de permisos "engargolados"; esto es, que la liquidación del impuesto debe ser única, sin que sea admisible que se haga liquidación por cada uno de los permisos autorizados, cuando se han trabajado en forma ininterrumpida, de acuerdo con la interpretación y aplicación jurídica de los artículos 1o., 2o., 3o., 15 y 16, fracción I, de la Ley vigente sobre Alcoholes, Aguardientes y Mieles Incristalizables.

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Registro digital (IUS): 815627

Fuente: Informes

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1946; Pág. 55

Precedentes

Amparo 6732/45. Ochoa Montaño Rafael. 26 de abril de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 815627 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 815627 de la J. Fiscales SCJN?

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