Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala
Si la parte agraviada obtuvo sentencia favorable en el juicio de amparo por los mismos conceptos de violación que expresó y si por esa razón, tanto el incidente de suspensión relativo como la suspensión misma, quedaron sin materia alguna, es claro que de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 135 y 125, primer párrafo, parte final, de la ley orgánica relativa, en la especie procede la devolución lisa y llana a la quejosa, del depósito que hizo en el Banco de México para que surtiera sus efectos la suspensión de los actos reclamados.
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Registro digital (IUS): 815778
Fuente: Informes
Instancia: Segunda Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1944; Pág. 53
Queja 508/43. Compañía Mantequera Monterrey, S. A. 13 de diciembre de 1943. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. IUS 815777. DEPARTAMENTO DEL DISTRITO FEDERAL.
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Art. IUS 815780. DEPOSITO DE BIENES.
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