Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala
La reforma de ese precepto habla de los causantes que administren sus propios negocios, ya se trate de personas físicas o morales, es decir, no comprende el caso en que alguno o algunos de sus socios sean designados administradores o gerentes. En la especie, el causante en cédula I es la negociación Café Teka y no su gerente; en consecuencia, no puede considerarse a este señor como el causante que administra su propio negocio.
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Registro digital (IUS): 815793
Fuente: Informes
Instancia: Segunda Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1944; Pág. 75
Amparo 5116/43. Café Teka, S. A. 9 de febrero de 1944. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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