FISCALES

Artículo IUS 815847. AMPARO IMPROCEDENTE.

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

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Texto Legal

AMPARO IMPROCEDENTE.

De acuerdo con el artículo 114, fracción II, de la Ley de Amparo, es improcedente el juicio de garantías que se enderece contra la tramitación de un expediente de expropiación constitucional para la constitución de una colonia, pues la acción constitucional nace cuando se dicta resolución definitiva en ese expediente, siendo entonces la oportunidad para que se reclamen tanto las violaciones cometidas en el procedimiento como las cometidas por la misma resolución.

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Registro digital (IUS): 815847

Fuente: Informes

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1946; Pág. 83

Precedentes

Amparo 2110/46. Llaguno de Ortiz María. 13 de junio de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 815847 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 815847 de la J. Fiscales SCJN?

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