FISCALES

Artículo IUS 815854. EMPLAZAMIENTO A LA AUTORIDAD ORDENADORA, FALTA DE, EN EL AMPARO EN MATERIA AGRARIA. REPOSICION DEL PROCEDIMIENTO.

Jurisprudencia · Séptima Época · Segunda Sala

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Texto Legal

EMPLAZAMIENTO A LA AUTORIDAD ORDENADORA, FALTA DE, EN EL AMPARO EN MATERIA AGRARIA. REPOSICION DEL PROCEDIMIENTO.

Si para suplir la deficiencia de la queja en materia agraria aparece de autos que cierta autoridad de quien emanó un acto que en concreto debiera haberse reclamado, no fue oída en el amparo que se revisa; dado el principio fundamental de que no puede haber juicio sin demandado y en especial al juicio de garantías de que debe ser escuchada la autoridad a quien es imputable el acto acerca de cuya constitucionalidad se va a decidir, con apoyo en el artículo 91, fracción IV, de la Ley de Amparo, procede revocar la resolución recurrida y ordenar la reposición del procedimiento a partir del auto que tuvo por admitida la demanda, para el efecto de que se emplace a dicha autoridad y se continúe el juicio por sus trámites legales hasta dictar la sentencia que corresponda.

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Registro digital (IUS): 815854

Fuente: Informes

Instancia: Segunda Sala

Localización: [J]; 7a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1970, Parte II; Pág. 30

Precedentes

Amparo en revisión 3935/64. Zenaido Hernández González. 31 de marzo de 1965. Cinco votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.Amparo en revisión 1854/66. Poblado Cañada del Tabaco. 17 de noviembre de 1966. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu.Amparo en revisión 5050/68. Tomás Verdugo Mendívil y coagraviados. 20 de marzo de 1969. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Iñárritu.Amparo en revisión 1993/70. Lucas Hernández Romero y coagraviados. 15 de octubre de 1970. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Iñárritu.Amparo en revisión 1154/70. Comisariado Ejidal del Poblado "13 de julio", Municipio de Guaymas, Sonora. 6 de noviembre de 1970. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 815854 del FISCALES?

Jurisprudencia · Séptima Época · Segunda Sala

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