FISCALES

Artículo IUS 815930. COMPROBACION DE LAS CONDICIONES EN QUE LA CONSTITUCION PERMITE RESTRINGIR ALGUNA GARANTIA INDIVIDUAL.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

COMPROBACION DE LAS CONDICIONES EN QUE LA CONSTITUCION PERMITE RESTRINGIR ALGUNA GARANTIA INDIVIDUAL.

Comprobada la existencia del acto reclamado y que limita el goce de alguna garantía constitucional, se le presume violatoria de ésta; por tanto, queda a cargo de las autoridades designadas como responsables, comprobar que se han realizado las condiciones en que la Constitución permite restringir la garantía en cuestión, y que han obrado dentro de tales condiciones; la constitucionalidad o inconstitucionalidad es un concepto legal y no un hecho; depende, por lo mismo, de la estimación del Juez; es la materia del juicio pero no un hecho sujeto a prueba. Si la autoridad responsable no demuestra que se realizaron aquellas condiciones, no justifica sus actos y debe concederse el amparo.

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Registro digital (IUS): 815930

Fuente: Informes

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1931; Pág. 103

Precedentes

Amparo en revisión 2315/31/2a. Valadez Miguel.Nota: Los datos del asunto en que se sostiene esta tesis así aparecen publicados en el informe.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 815930 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 815930 de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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